5 – La licencia de obra

La Licencia de Obra: un requisito imprescindible.

La Licencia de Obra es un documento administrativo que autoriza la realización de obras de construcción, reforma o rehabilitación en un inmueble. En el caso de la construcción de una vivienda para uso propio, la Licencia de Obra es un requisito imprescindible para poder iniciar las obras.

El procedimiento consiste en la presentación en el ayuntamiento del Proyecto visado, para que sea informado por los servicios técnicos municipales acerca de su conformidad con dicha normativa urbanística.

Algunos ayuntamientos tienen establecidos procedimientos que externalizan el proceso de concesión de la Licencia de Obra mediante entidades colaboradoras privadas.

¿Quién debe solicitar la Licencia de Obra?

La persona que debe solicitar la Licencia de Obra es el promotor de la obra, que en el caso de la construcción de una vivienda para uso propio es el autopromotor.

¿Qué documentos se necesitan para solicitar la Licencia de Obra?

Los documentos que se necesitan para solicitar la Licencia de Obra varían en función del ayuntamiento y de las características de la obra. En general, los documentos necesarios son los siguientes:

  • Documentación identificativa del solicitante: DNI, NIE o pasaporte.
  • Documentación de la propiedad: Escritura de propiedad de la parcela.
  • Proyecto técnico: El proyecto técnico debe ser realizado por un arquitecto o ingeniero técnico. El proyecto técnico debe incluir los planos de la vivienda, el presupuesto de ejecución material y el estudio de seguridad y salud.
  • Documentación urbanística: La documentación urbanística debe incluir el certificado de compatibilidad urbanística y el certificado de planeamiento.

¿Cuánto tiempo tarda en obtenerse la Licencia de Obra?

El plazo para obtener la Licencia de Obra varía en función del ayuntamiento y de la complejidad de la obra. En general, el plazo suele ser de unos 30 días.

¿Qué ocurre si no se solicita la Licencia de Obra?

La construcción de una vivienda sin la correspondiente Licencia de Obra es una infracción urbanística. En caso de que las obras sean detectadas por el ayuntamiento, el autopromotor puede ser sancionado con una multa e incluso se puede llevar a cabo la demolición de la vivienda.

Consejos para solicitar la Licencia de Obra

Para solicitar la Licencia de Obra es importante contar con la ayuda de un arquitecto o ingeniero técnico, que se encargará de redactar el proyecto técnico y de asesorar al autopromotor en todo el proceso.

Además, es importante recopilar toda la documentación necesaria con antelación, para evitar retrasos en la tramitación de la licencia.

Tasas e impuestos para la concesión de la Licencia de Obra

Para la concesión de la Licencia de Obra es necesario abonar una serie de tasas e impuestos. Las tasas se aplican para compensar al ayuntamiento por los servicios prestados en relación con las obras de construcción o reforma. Los impuestos se aplican para recaudar ingresos para el ayuntamiento.

La concesión de una Licencia de Obra implica el pago del denominado Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Además, en muchos ayuntamientos se debe abonar también la denominada Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos (TPSU).

1. Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos

La Tasa por Prestación de Servicios (TPSU) se paga siempre por el simple hecho de presentar la solicitud de la Licencia de Obra y sirve para pagar el gasto municipal que el ayuntamiento realiza por la tramitación del expediente.

El importe de la TPSU puede puede ser una cantidad fija en función del tipo de obra (nueva planta, demolición, reforma, etc) y de la superficie afectada por la actuación, un porcentaje sobre el presupuesto de la obra o una combinación de ambas.

2. Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO)

El ICIO, por su parte, es un impuesto de carácter indirecto que grava la realización de cualquier construcción, instalación u obra para la que sea necesario obtener licencia de obra o presentar una declaración responsable. El ICIO es un impuesto municipal, y su recaudación se destina a financiar los gastos municipales relacionados con la urbanización y el desarrollo urbano.

El Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) sólo se paga cuando se produce la concesión de la Licencia de Obras. En el momento de la concesión de la Licencia de Obra se abona una cantidad a cuenta en base al PEM (Presupuesto de Ejecución Material), sin beneficio del constructor. . Al final de la obra (liquidación final), este pago provisional se deducirá del valor definitivo del ICIO obtenido a partir del importe de la liquidación de la obra.

Guarda todas las facturas de los materiales, empresa constructora, carpintería, sanitarios,…. ya que el ayuntamiento puede solicitártelas para justificar la liquidación final.

El tipo de gravamen del ICIO se determina en la ordenanza fiscal que apruebe el ayuntamiento, sin que pueda exceder de un tipo máximo del 4 % en territorio común y un 5% en territorio foral.

El plazo para pagar el ICIO es de un mes desde la notificación de la concesión de la licencia.

Puede darse el caso de una solicitud que por no haber obtenido la Licencia de obra, no tenga que pagar el ICIO pero siempre tendrá que hacer efectiva la TPSU.

El ICIO y en su caso, la TPSU son abonados por el promotor, por lo que en el caso de que éste no tenga experiencia previa, es recomendable que su arquitecto o su arquitecto técnico le orienten sobre el importe aproximado en el municipio donde se emplaza la obra. En cualquier caso, los importes a pagar por ambos conceptos se establecen en la Ordenanza Fiscal que anualmente aprueba el Pleno el Ayuntamiento.

Plazos para iniciar y finalizar las obras

Una vez concedida la Licencia de Obra, el autopromotor tiene un plazo de 2 años para iniciar las obras.

El plazo para finalizar las obras es de 3 años, contados a partir de la fecha de inicio de las obras.

Conclusión

La Licencia de Obra es un requisito imprescindible para poder construir una vivienda para uso propio. Es importante solicitarla con antelación y contar con la ayuda de un profesional para garantizar que el proceso se desarrolle de forma correcta.

Una vez otorgada la Licencia de Obra, el promotor puede iniciar los trabajos de construcción, debiendo cumplir con las condiciones que le vengan impuestas en el propio documento de concesión.

Recursos adicionales

  • Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana: La Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana regula los requisitos y trámites necesarios para obtener la licencia de obra.
  • Ordenanzas municipales: Las ordenanzas municipales pueden establecer requisitos adicionales para obtener la licencia de obra.
  • Ayuntamiento: El ayuntamiento es el organismo competente para otorgar la licencia de obra.

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